Santo Domingo. – El nombre de Wander Franco volvió a colocarse este lunes en el centro de la conversación pública nacional e internacional, luego de que el Tribunal Colegiado de Puerto Plata emitiera una decisión que marca un nuevo giro en uno de los procesos judiciales más mediáticos que ha enfrentado una figura del deporte dominicano en años recientes.
La sentencia conocida hoy declaró al pelotero penalmente responsable por abuso sexual y psicológico contra una menor de edad, pero al mismo tiempo lo eximió de cumplir una condena efectiva al acoger la figura jurídica de circunstancias extraordinarias de atenuación, tras concluir que también fue víctima de presión económica y chantaje por parte de la madre de la adolescente. La mujer fue condenada a 10 años de prisión por trata y explotación de su hija.
La decisión cierra —al menos en esta etapa judicial— un caso que comenzó entre rumores en redes sociales, escaló a investigación penal y terminó impactando directamente la carrera de una de las principales figuras dominicanas del béisbol profesional.
El inicio: agosto de 2023 y las denuncias que detonaron el caso
La controversia comenzó en agosto de 2023, cuando publicaciones difundidas en redes sociales aseguraban que Franco mantenía una relación con una menor de edad.
Las versiones se viralizaron rápidamente y alcanzaron dimensión internacional por tratarse de uno de los rostros jóvenes más importantes de las Grandes Ligas.
Ante la magnitud del señalamiento, los Tampa Bay Rays lo apartaron de la actividad competitiva mientras se desarrollaban las investigaciones. Poco después, la propia Major League Baseball abrió una pesquisa paralela bajo su política de violencia doméstica, agresión sexual y protección de menores.
¿Qué significa jurídicamente ese criterio?
En lenguaje simple, significa que el tribunal reconoce que ocurrió un hecho penalmente reprochable, pero entiende que el contexto es tan excepcional que imponer la pena ordinaria resultaría desproporcionado.
No equivale a declarar inocencia. Tampoco implica que el hecho “no ocurrió”. Lo que establece es que las condiciones particulares del caso modifican el nivel de reproche penal.
En este expediente, el tribunal valoró que Franco también fue colocado dentro de una estructura de presión y extorsión por parte de la madre de la menor. Esa conclusión permitió atenuar de manera extraordinaria la consecuencia penal.
La sentencia de hoy
El fallo leído este lunes dejó tres efectos centrales:
Primero: Franco fue declarado penalmente responsable.
Segundo: no recibió condena efectiva de prisión por la aplicación de la atenuación extraordinaria y el perdón judicial.
Tercero: la madre de la menor fue condenada a 10 años por trata y explotación sexual de su hija.
A la salida del tribunal, reportes de prensa citaron a Franco diciendo que se sentía tranquilo y pidió a sus seguidores continuar confiando en él.
